Resolución General (AFIP) 3418 – B.O.

Impuesto a las Ganancias. Retenciones de Cuarta Categoría. Transferencia electrónica de datos – “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)”. Sustitución F. 572.

 

Mediante la mencionada resolución se establece que, los contribuyentes encuadrados dentro del Régimen de Retención de 4ta categoría, los actores con rentas obtenidas al año fiscal igual o superiores a $250.000 y los beneficiarios que computen como pago a cuenta, el importe de las percepciones del 15% que les hubieren practicado por consumos en moneda extranjera Mediante la mencionada resolución se establece que tanto los contribuyentes encuadrados dentro del Régimen de Retención de 4ta categoría como los actores, que hayan obtenido rentas en el año fiscal anterior iguales o superiores a $250.000 y los beneficiarios que computen como pago a cuenta las percepciones del 15% por consumos en moneda extranjera (RG 3378/12), deberán utilizar el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador” que permite la transferencia electrónica de los datos en sustitución del formulario de declaración jurada F. 572, a efectos de actualizar sus datos personales.

A continuación exponemos las consideraciones más importantes de la norma:

  • Los contribuyentes que deberán utilizar el servicio “SiRADIG” son los que obtengan ganancias de: 
      • El desempeño de cargos públicos y la percepción de gastos protocolares. 
      • El trabajo personal ejecutado en relación de dependencia. 
      • Las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal y de los consejeros de las sociedades cooperativas. 
      • Los servicios personales prestados por los socios de las sociedades cooperativas mencionadas en la última parte del inciso g) del artículo 45, que trabajen personalmente en la explotación, inclusive el retorno percibido por aquellos. 

Y las rentas obtenidas por los actores que perciben sus retribuciones a través de la Asociación Argentina de Actores.

  • Los contribuyentes mencionados deberán utilizar el servicio “SiRADIG” cuando: 
      • La remuneración bruta o rentas obtenidas (en el caso de los actores), correspondientes al año calendario inmediato anterior al que se declara, sea igual o superior a $250.000. 
      • Computen como pago a cuenta del gravamen las percepciones que les hubieren practicado conforme a la RG 3.378/2012 (consumos efectuados en el exterior mediante tarjetas de crédito y/o compra) durante el periodo fiscal que se liquida. 
      • El empleador (por razones administrativas) así lo determine. 
  • Para poder acceder al servicio “SiRADIG” el contribuyente deberá ingresar al sitio web de AFIP y contar con “Clave Fiscal” con nivel 2 o superior. 
  • La transferencia electrónica de los datos contenidos en el formulario de declaración jurada F. 572 Web correspondientes a cada período fiscal deberá ser efectuada hasta el 31 de enero, inclusive, del año inmediato siguiente al que se declara. 
  • Una vez que el beneficiario de la renta resulte obligado a utilizar el referido servicio deberá continuar suministrando la información a través del mismo, aun cuando dejen de cumplirse las condiciones que determinaron dicha obligación. 
  • Se deberá conservar a disposición de AFIP la documentación que respalde los datos informados y los comprobantes de liquidación anual (F. 649). 
  • La AFIP pondrá a disposición del empleador en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar), mediante el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – EMPLEADOR”, al que se accederá con clave fiscal, la información suministrada por el beneficiario de la renta para la determinación del importe a retener y la referida a los agentes de retención que fueran sustituidos como tales.
  • Los empleadores deberán comunicar dentro de los 30 días de iniciada la relación laboral la obligación de cumplir con el mencionado F 572 y conservar la constancia de la comunicación efectuada.
  • Respecto de las relaciones laborales vigentes a la fecha de publicación de la presente, los empleadores deberán comunicar a sus empleados (dentro de los 15 días de dicha fecha) la obligación de cumplir con las disposiciones emergentes de esta resolución.

Las disposiciones de la presente, tienen vigencia a partir del 21/12/2012 y son de aplicación a partir del período fiscal 2012, inclusive, para los beneficiarios que computen como pago a cuenta, el importe de las percepciones del 15% y a partir del período fiscal 2013, inclusive, para el resto de los sujetos obligados.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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