Régimen de información. Operaciones económicas entre residentes del país y representantes de sujetos del exterior. Plazos. Modificación. Nuevos aplicativos.
La resolución general 3364 determina que a partir del día 1º de Septiembre de 2012, se deberá presentar, de manera mensual, el régimen de información sobre las operaciones entre los residentes en el país y los representantes de sujetos del exterior (RG 3285 (AFIP)). El plazo es hasta el último día del mes inmediato siguiente en el cual se realizaron las operaciones.
Por otro lado, determina que los prestadores de servicios que hayan presentado cuatro declaraciones sucesivas “sin movimiento”, ya no se encontraran obligados a presentar la DDJJ, hasta que incurran en una nueva operación alcanzada.