Regímenes Especiales. Empresas promovidas. Régimen de información.
Se crea el “Régimen de información para empresas promovidas”, en relación con los proyectos industriales alcanzados por la ley 22021. Se determinan los sujetos obligados, la información, modo y el plazo para suministrarla.
La resolución mencionada obliga a actuar como agentes de información a los titulares de proyectos industriales alcanzados por los regímenes de promoción otorgados por la ley 22021, respecto de las compras, locaciones, prestaciones de obras y servicios e importaciones que realicen tanto para actividades amparadas por dicho régimen como para las que no lo están. Los sujetos obligados quedan liberados de presentar el “CITI compras” (RG (AFIP) 3034).
La información requerida deberá suministrarse mediante el aplicativo “AFIP DGI – CITI PROMOVIDAS” (F 919) y luego mediante transferencia electrónica de datos. Esto se hará mensualmente junto con el vencimiento del IVA. Quienes incumplan serán pasible de las sanciones previstas en la ley 11683 (Procedimiento fiscal).
El presente régimen entra en vigencia desde el 14 de marzo de 2012 y resulta de aplicación para las operaciones que se realicen a partir del 02/05/2012.