Registros Especiales Aduaneros. Incorporación del Prestador de Servicio de Escaneo (PESE).
Por medio de la presente, se implementa la figura del Prestador de Servicios de Escaneo, habilitado para prestar el servicio de escaneo de bultos y contenedores dentro de la zona primaria aduanera. Esta resolución entra en vigencia a partir del quinto día hábil de febrero de 2012.
Para poder ser un PESE habilitado se deberá formalizar la solicitud de inscripción, para lo cual se necesita contar con Clave Fiscal, completar el formulario de declaración jurada (F 420/R) que se encuentra en el servicio “Sistema Registral/Registros Especiales” y proceder al envío electrónico del mismo. Se designará a un representante y no deberá registrar deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas.
Se destaca la necesidad de constituir una garantía superior a un millón de dólares (U$S 1.000.000) una vez aprobada su habilitación y previo al inicio de las actividades.
El PESE, será responsable del tratamiento, inventario y conservación de las imágenes capturadas por la prestación del servicio, por un plazo de hasta cinco (5) años después de operada la prescripción de la acción del Fisco correspondiente a la destinación u operación aduanera a que la misma se refiera. Las imágenes deberán ser firmadas digitalmente y estar en todo momento disponibles para ser consultadas en línea por la AFIP.
El servicio será optativo para los usuarios, los cuales, deberán asumir su costo.
Sin embargo, deberá brindar sus servicios en forma gratuita a la Administración Federal hasta un máximo equivalente al diez por ciento (10%) del total de operaciones sometidas a escaneo durante el primer año. A partir del segundo, el tope se calculará en base a las operaciones del año anterior.
Deberá emitir comprobantes electrónicos originales.