Novedades de legislación. Aportes y contribuciones al Sistema Integrado Provisional Argentino.
Por medio de la presente se establecen los límites de la base imponible para el cálculo de los y contribuciones al Sistema Integrado Provisional Argentino para el período de septiembre de 2011, en donde el límite mínimo se establece en $ 498,89 y el máximo en $ 16.213,72.
Asimismo, se actualizan los valores de las rentas de referencia para el cálculo de los aportes de los trabajadores autónomos, correspondientes al período devengado en septiembre, cuyo vencimiento opera en octubre de 2011.
Por su parte, se modifican los aportes mensuales que deben efectuar los trabajadores autónomos, siendo los mismos, los siguientes:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos
Categorías | Importes en pesos |
I | 266,06 |
II | 372,49 |
III | 532,14 |
IV | 851,42 |
V | 1.170,70 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial
Categorías | Importes en pesos |
I’ (I prima) | 291,00 |
II’ (II prima | 407,42 |
III’ (III prima) | 582,03 |
IV’ (IV prima) | 931,24 |
V’ (V prima) | 1.280,45 |
C) Afiliaciones voluntarias
Categorías | Importes en pesos |
I | 266,06 |
D) Menores de 21 años
Categorías | Importes en pesos |
I | 266,06 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la ley 24241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma
Categorías | Importes en pesos |
I | 224,49 |
F) Amas de casa que opten por el aporte reducido previsto por la ley 24828
Categorías | Importes en pesos |
I | 91,46 |
Al mismo tiempo, se deroga la Resolución General (AFIP) 3063 (Aportes de Trabajadores Autónomos – Empleados en Relación de Dependencia).
Finalmente, se establecen los importes para el correspondiente ingreso de los aportes adeudados por los trabajadores autónomos por los períodos devengados hasta febrero de 2007 inclusive.