Beneficios impositivos para determinadas localidades de las Provincias de Río Negro y Neuquén afectadas por el volcán Puyehue.
Por medio de la presente, se establece una serie de beneficios impositivos para localidades de Río Negro y Neuquén que se detallan en la norma, las cuales se vieron afectadas por la erupción del volcán Puyehue. Entre los más importantes resaltamos los siguientes:
- Las declaraciones juradas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social vencidas en junio, podrán ser presentadas hasta el 21/07/2011.
- Los pagos correspondientes a Impuesto a las Ganancias y Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales, Autónomos y Régimen Simplificado cuyo vencimiento opera en los meses de Junio y Julio, podrán ser efectivizados hasta 60 días corridos con posterioridad a la fecha de vencimiento.
- Se suspenden por el plazo de 60 días, la iniciación de juicios de ejecución fiscal, ejecución de sentencias judiciales y plazos procedimentales.
Para acceder a los beneficios mencionados, el contribuyente deberá presentar la información que se requiere al respecto, y mantener la nómina de empleados que se poseía a mayo de 2011.
La presente resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.