Factura electrónica. Titulares de regímenes de promoción. Ley 22021. Emisión de comprobantes electrónicos originales.
Por medio de la presente, se establece que los titulares de proyectos promovidos, alcanzados por los regímenes de promoción previstos por la ley 22021 y sus modificaciones, así como por las leyes 22702 y 22973, deberán emitir comprobantes electrónicos a los fines de respaldar todas las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de obra y de cosas, y señas o anticipos que congelen precio, realizadas en el mercado interno.
Los sujetos alcanzados por el régimen deberán solicitar a la Administración Federal, la autorización de emisión pertinente vía Internet a través del sitio Web de la administración (www.afip.gob.ar). Dicha solicitud se realizará por transferencia electrónica o bien accediendo al servicio “Comprobantes en línea”.
Los comprobantes a que hace referencia la presente norma deberán ser emitidos en forma separada por actividad y por proyecto, indicando si las operaciones se encuentran alcanzadas por el beneficio.
Las disposiciones de esta resolución entrarán en vigencia a partir del 08/03/2011.