Procedimiento Fiscal. Control a la compra de moneda extranjera. Creación del Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias
Por medio de la presente se crea el programa de consulta de operaciones cambiarias mediante el cual las entidades financieras autorizadas a realizar operaciones cambiarias de venta de moneda extranjera deberán consultar y registrar las mismas en el momento en que se efectúen.
El potencial adquirente podrá consultar en forma previa a la realización de la operación cambiaria el resultado de la evaluación sistémica que realizará la Administración Federal, debiendo acceder previamente al servicio denominado “Consulta de Operaciones Cambiarias”, a través del sitio Web del citado Organismo.
A tal fin, se deberá contar con “Clave Fiscal” con nivel de seguridad 2, como mínimo
Por su parte, la Administración Federal efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en las bases de datos del Organismo, a saber:
- Validado: indica que los datos ingresados superaron los controles sistémicos, asignándose a la operación un número de transacción.
- Con inconsistencias: indica que no se han superado los mencionados controles, detallando el/los motivo/s correspondiente/s.
Ante la respuesta “Con Inconsistencias”, el adquirente podrá consultar los motivos de las mismas ante la dependencia de AFIP en la cual se encuentre inscripto.