Procedimiento Fiscal. Fideicomisos. Régimen de información.
Se ha creado un régimen de información que deberá ser cumplido por los sujetos que actúen en carácter de fiduciarios con respecto a los fideicomisos constituidos en el país, sean financieros o no. Estos sujetos deberán valerse de su respectiva “Clave Fiscal” cuando utilicen el nuevo aplicativo “AFIP – DGI Fideicomisos Financieros y no Financieros – Versión 0.1”, el cual se obtiene descargándolo de la página web de la Administración. Asimismo se encuentran obligados a informar respecto de los años 2005 y 2006.
La información deberá proporcionarse en forma anual, con corte al 31 de diciembre de cada año, y suministrarse en los últimos días del mes de julio (la fecha se define según la terminación del CUIT).
Deberán notificar sobre el fideicomiso no financiero los datos del fiduciantes, fiduciarios, beneficiarios y fideicomisarios, clase o tipo de fideicomiso, y demás datos identificatorios de el/los bien/es y monto total por entregas de dinero o bienes realizados por los fiduciantes en el período a informar así como el total acumulado por cada período informado, valuados de acuerdo con el procedimiento de valuación dispuesto por la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificatorias.
Respecto al un fideicomiso financiero, deberán informar los datos de los fiduciantes, fiduciarios y fideicomisarios y los “títulos valores representativos de deuda” y/o sobre los “certificados de participación”: valor nominal y residual de los títulos.