Regímenes especiales. Proyectos no industriales. Reformulaciones o reasignaciones de costos fiscales. Régimen de información.
Por medio de la presente Resolución General, se establece un régimen de información cuyo cumplimiento será obligatorio para las autoridades de aplicación de proyectos no industriales, que fueron objeto de reformulaciones o reasignaciones de costos fiscales teóricos (Decreto 135/2006 y Resolución General -AFIP- 2072).
Se deberá informar a AFIP los datos que se indican a continuación:
- Los montos que hayan sido captados e invertidos en las empresas promovidas con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 135/2006.
- El detalle actualizado de los inversores en las empresas promovidas, así como la aplicación de las respectivas inversiones de conformidad con el cronograma de captación del capital y aplicación de inversiones vigente.
Dicha información deberá presentarse mediante transferencia electrónica de datos, accediendo con clave fiscal al servicio “Dec. 135/2006 (Autoridad de Aplicación)”.
Por último, cabe destacar que la AFIP determinará los montos correspondientes a impuestos diferidos que hayan sido restituidos mediante la inclusión en moratorias o facilidades de pago y el cupo fiscal liberado que será informado a la Autoridad de Aplicación.
La presente norma entrará en vigencia a partir del 01/12/2010.