Previsión Social. Sistema Integrado Previsional Argentino. Nuevos valores de las rentas. Ingreso de aportes de trabajadores Autónomos
Mediante la presente Resolución General, se establecen los nuevos valores del aporte mensual de los trabajadores autónomos con destino a la Seguridad Social, a raíz de la aplicación del índice de movilidad dispuesto por la Ley 26.417.
Los mismos, regirán a partir de la obligación de pago mensual del período devengado septiembre de 2010, cuyo vencimiento opera en octubre de 2010, y siguientes.
Por lo expuesto, los montos de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos quedarán establecidos de la siguiente manera:
CATEGORÍA | IMPORTE $ |
I | 194,12 |
II | 271,76 |
III | 388,24 |
IV | 621,18 |
V | 854,13 |
En caso de querer conocer los nuevos importes para las restantes categorías, podrán remitirse al Anexo I de la RG bajo análisis.
Asimismo, les comentamos que se fijaron en $363,98 y $11.829,21, los importes mínimo y máximo respectivamente, de la base imponible para la determinación de los aportes y contribuciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (Art. 9 de la Ley 24.241).