Aportes de trabajadores autónomos. Empleados en relación de dependencia. Límites mínimo y máximo de la base imponible para la determinación de aportes y contribuciones con destino a los subsistemas de la seguridad social. Nuevos importes. Su implementación.
Por medio de la presente Resolución General, se aprueban los nuevos valores de las rentas, para el cálculo de los aportes provisionales de los trabajadores autónomos y se establecen los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de seguridad social del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Los nuevos valores de las rentas son los siguientes:
Categorías | Rentas de Referencia en pesos |
I | 606,62 |
II | 849,27 |
III | 1.213,25 |
IV | 1.941,20 |
V | 2.669,15 |
Respecto de los límites mínimo y máximo de la base imponible para el cálculo de los aportes y contribuciones al SIPA, previstos en el Artículo 9º de la Ley Nº 24.241 y sus modificaciones, aplicables a partir del período devengado septiembre de 2010, son los siguientes:
a) Límite mínimo: $ 363,98.
b) Límite máximo: $ 11.829,21.