Monotributo. Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral.
Por medio de la presente, se establecieron las formas, plazos y condiciones que deberán observar los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS – Monotributo) a la hora de efectuar la declaración jurada informativa dispuesta por el artículo 14 de la RG 2746.
Se encuentran obligados a presentar esta DDJJ informativa, aquellos monotributistas que a fin del cuatrimestre:
- Se encuentren dentro de la Categoría F, G, H, I, J, K o L, ó
- Revistan la calidad de empleadores, independientemente de la categoría en la que estén inscriptos.
Cabe destacar que en dicha DDJJ deberá informarse, entre otras cosas, respecto al consumo de energía eléctrica y al local o establecimiento del monotributista. Los datos a informar figuran en el anexo de la norma bajo análisis, dentro de los cuales destacamos:
- Documentación que respalda las operaciones efectuadas durante el cuatrimestre.
- CUIT y monto de las compras efectuadas a los cinco principales proveedores.
- CUIT, CUIL o CDI y monto facturado a los cinco principales clientes.
- CUIT de la empresa proveedora de energía eléctrica.
- Condición de inquilino o propietario, ó si la actividad se desarrolla sin local o establecimiento fijo.
Cabe señalar que la información deberá ser presentada a través del sitio Web de AFIP (www.afip.gob.ar), mediante el uso de Clave Fiscal, y los monotributistas tendrán tiempo para hacerlo hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario.
Asimismo, la información correspondiente al primer cuatrimestre del 2010 (enero a abril), podrá presentarse hasta el día 30 de septiembre de 2010, inclusive.