Resolución General (A.F.I.P.) 2820 – B.O.

Procedimiento Fiscal. Sujetos dedicados a operaciones de compraventa y/o locación de inmuebles. Registro de operaciones inmobiliarias. Nuevos sujetos obligados. Creación de un régimen de información.

 

Por medio de la presente Resolución General se sustituyen las disposiciones referidas al “Registro de Operaciones Inmobiliarias” y se crea un régimen de información para locadores, arrendadores, cedentes o similares. Exponemos cada uno de lo regímenes.

Registro de operadores inmobiliarios

Sujetos obligados

Se encuentran obligados a cumplir con el presente régimen las personas físicas, sucesiones indivisas y demás sujetos que realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles, excepto cuando se trate del Estado Nacional, Provincial, Municipal o determinadas entidades exentas del Impuesto a las Ganancias.

Cabe aclarar que están exceptuados de la obligación dispuesta en el presente artículo, los condóminos que obtengan exclusivamente rentas provenientes de sus participaciones en condominios, cuando éstos últimos hayan cumplido con la misma.

 Operaciones comprendidas

Los sujetos mencionados quedan obligados a solicitar su incorporación en el mencionado Registro, en los casos en que realicen alguna de las operaciones que se detallan a continuación:

  • La intermediación en la compraventa y/o locación de bienes inmuebles.
  • La locación, alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles, incluidos los efectuados bajo la modalidad de leasing, por cuenta propia o con la intervención de los sujetos que efectúen las operaciones mencionadas anteriormente, cuando:
      • Las rentas brutas devengadas, sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.
      • En el caso de inmuebles rurales, los mismos tengan una superficie integrando una misma unidad de explotación, igual o superior a 30 hectáreas.
  • El desarrollo de emprendimientos inmobiliarios (loteos, construcciones, urbanizaciones, subdivisiones o similares) que generen las operaciones de compraventa de inmuebles, efectuadas sin la intermediación, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones:
      • Se efectúen más de 3 operaciones durante el año fiscal, o
      • El monto involucrado en su conjunto supere los $300.000
  • La locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles (locales comerciales, “stands”, góndolas, espacios publicitarios, cocheras, bauleras, localización de antenas de telefonía celular, etc.) cuando superen los $8.000 brutos mensuales.
  • La cesión de derechos reales a título oneroso sobre inmuebles urbanos, excepto hipoteca y anticresis, siempre que se cumpla la condición del monto de renta bruta de $8.000 mensuales.
  • La cesión de derechos reales a cualquier título, oneroso o gratuito, sobre inmuebles rurales, excepto hipoteca y anticresis, cuya superficie resulte igual o superior a 30 hectáreas.

 

Solicitud de incorporación al “registro”

Los sujetos obligados deberán ingresar en la Web de AFIP (www.afip.gob.ar) utilizando su clave fiscal, y mediante transferencia electrónica de datos a través del Servicio “Registro de Operaciones Inmobiliarias”, ingresar los datos requeridos por el sistema según el tipo de operación de que se trate. De resultar aceptada la transacción, el Sistema emitirá un comprobante como “Constancia de Empadronamiento”.

Dicho procedimientos deberá cumplirse, en forma individual por cada tipo de operación de las indicadas en el apartado anterior, dentro de los 10 días hábiles administrativos de reunidas las condiciones previstas.

Cabe remarcar que el sistema en forma automática no permitirá efectuar la transacción informática cuando se detecten inconsistencias respecto del domicilio fiscal declarado o que tratándose de las operaciones de intermediación la actividad declarada por el responsable ante esta Administración Federal no se corresponda con alguna de las que se consignan específicamente en la norma.

Régimen de información

 Se encuentran obligados a cumplir con el presente régimen de información todos los sujetos obligados a empadronarse en el Registro de operadores inmobiliarios, que asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar excepto cuando los inmuebles:

  • Sean objeto de concesiones o derechos de explotación industrial o comercial.
  • Se destinen a la realización de eventos, espectáculos, convenciones, conferencias, congresos o similares (salones, estadios, salas de cine o teatro, etc).
  • Se encuentren sujetos a los Sistemas Turísticos de Tiempo Compartido regulados por la Ley 26.356.

Dichos sujetos deberán suministrar determinada información que se detalla en la normativa, mediante transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la Web de A.F.I.P. opción “Locaciones y/o Cesiones de Inmuebles”.

Por dicha transacción, el sistema informático emitirá una constancia que contendrá un código verificador. Una copia de la misma deberá ser entregada al locatario  o, en su caso, cesionario.

Se deberá cumplir con el presente régimen de información hasta el día 26 del mes inmediato siguiente a aquél en que, conforme al respectivo contrato de locación y/o cesión, se verifiquen la inclusión en el mismo.

En cuanto a las modificaciones a los mencionados contratos, las mismas deberán ser informadas hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente a aquel en que se produzcan las mismas.

A su vez los responsables se encuentran obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información correspondiente al respectivo año calendario. Dicha declaración deberá realizarse hasta el día 26 de marzo del año calendario inmediato posterior a aquel al que corresponda la información.

 Destacamos que los sujetos obligados a actuar como agentes de retención, conforme a lo dispuesto por la resolución general 830, respecto de las operaciones comprendidas en el presente régimen de información, deberán verificar la autenticidad de la constancia de cumplimiento mediante “Clave Fiscal”, a través de una consulta disponible en el sitio Web de la A.F.I.P.

Cuando el locador no hiciera entrega de la constancia de cumplimiento del presente régimen o cuando Los datos de la constancia entregada por el locador no coincidan con los obtenidos de la consulta en la Web de A.F.I.P., corresponderá aplicar la mayor de las alícuotas que, según el tipo de operación de que se trate, se establecen en la resolución general 830, sin considerar el monto no sujeto a retención.

La presente Resolución General es de aplicación a partir del 1 de Agosto de 2010.

Sebastián M. Mancuso

Socio de Impuestos de Grupo GNP. Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Ex miembro del Departamento de Tax, Legal & Business Advisory de Pistrelli Díaz y Asociados firma miembro de Andersen y posteriormente de Ernst & Young.
  • Extensa experiencia en planificación fiscal nacional e internacional. Participación en el asesoramiento fiscal respecto a procesos de reestructuración internacional de negocios, tales como fusiones, escisiones, adquisiciones de grupos de compañías del exterior, procesos de emisión de acciones en el exterior (IPO).
  • Algunos de los clientes atendidos durante su carrera profesional: Petrobras Energía, Grupo Chevron-Texaco, Wintershall Energía, Central Puerto, Hidroeléctrica Piedra del Aguila, Energía de San Juan, Empresa de Energía del Atlántico (EDEA), Inversora Eléctrica de Buenos Aires (IEBA), Sempra Energy, Endesa Chile, Minera Alumbrera, Degremont, Petroken, Caputo, Grupo Boldt, Grupo Pescarmona – IMPSA, Grupo Omint, Esuco, SES, IFF, entre otros.
  • Profesor Adjunto de Impuestos de la Universidad Católica Argentina.
  • Expositor y Co- expositor en numerosos Seminarios y Encuentros organizados por: IAEF – IDEA – UBA- UCA Escuela de Negocios y Jornadas – entre otros.
  • Coautor de Artículos sobre temas impositivos para publicaciones especializadas (IAEF – IDEA).
  • Ha colaborado en numerosos artículos sobre temas tributarios, publicados en importantes medios- El Cronista – La Nación, entre otros.
  • Miembro de la AAEF. Participante en numerosas Comisiones de Estudio y Ciclos de Actualidad Tributaria.
  • Expositor sobre “Sinceramiento Fiscal” en Puente Hnos. y Bco. Santander – 2017.

Juan E. Pérez Bay

Socio a cargo de la división de Negocios, Outsourcing y Transfer Pricing de GRUPO GNP, Firma Profesional especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

  • Socio Fundador de Beytech. Firma miembro de GRUPO GNP.
  • Ex Miembro del Departamento de Business Consulting de Andersen y Ernest & Young.
  • Miembro del Directorio de IDEA.
  • Ex Presidente de IDEA PYME
  • Ex Vicepresidente de IDEA JOVEN.
  • Ex Miembro del Comité organizador del Coloquio de IDEA.
  • Cofundador y Coordinador de IAEF JOVEN. Espacio del Instituto Argentino de Ejecutivos de Finanzas.
  • Creador y Fundador del Club de Líderes PYME de IDEA.
  • Integrante del jurado del Premio a la Excelencia Empresaria de IDEA 2017 y 2018.
  • Clientes asesorados durante su carrera profesional: Arcor, Impsat, IFF, Consultatio, Boca Juniors, La Mercantil Andina, Flybondi, Envases del Plata, Socotherm, Concesionaria Cruz del Sur, Talesun, entre otros.
  • Expositor en diversos Foros Empresarios de IDEA Joven, IDEA PyME, Coloquio IDEA, IAEF, Banco Santander, entre otros.
  • Extensa experiencia en Procesos y Sistemas Administrativos Industriales y de Planeamiento y Control de Gestión.
  • Profundo conocimiento de procesos administrativos, contabilidad, impuestos, cuentas a pagar, cuentas a cobrar, tesorería, entre otros.

Guillermo N. Pérez

Socio Fundador, Presidente y CEO de GRUPO GNP, Firma Profesional Global especializada en Consultoría Tributaria y de Negocios.

Durante su carrera ha asesorado impositivamente a importantes empresas, tanto de capital local como extranjero, entre ellas: Accenture, Alberdi Desarrollos, Allianz, Caputo, Consultatio, Concesionaria Cruz del Sur, Credipaz, Dikter, Envases del Plata, Esuco, Flybondi, Grupo Sinteplast, Grupo Boldt, IFF, IMPSA, ITOCHU, La Mercantil Andina, Magdalena Energy, Motomel, Paolini, Power China, Prosegur, Saporiti, Socotherm, Solbaires, Talesun, Toyota del Pilar, Vitalcan, Vial Agro, Valle de las Leñas.

  • Fue miembro del Directorio de IDEA.
  • Director Asesor del Directorio de Sinteplast S.A.
  • Fue Socio Director de la División Nacional de Impuestos de Pistrelli, Henry Martin S.R.L., firma miembro de Ernst & Young International y anteriormente, Socio Director a cargo de la división de Impuestos y del Grupo de Energía de Pistrelli, Díaz y Asociados, firma miembro de Andersen.
  • Miembro de varios comités Internacionales y de Andersen.
  • Vasta experiencia profesional en local & internacional tax, crossborder transactions, reorganizaciones, adquisiciones, privatizaciones, planificación fiscal y corporativa, y estrategia patrimonial y financiera – family office.
  • Profesor titular ordinario de Impuestos de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA).
  • Profesor de la Maestría de Impuestos para Abogados y Contadores de la Pontificia Universidad Católica Argentina.
  • Profesor de las Escuelas de Negocios de IDEA, San Andres, UCA y UCES entre otras.
  • Fue-miembro del Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales y Económicas de la Universidad Católica Argentina.
  • Miembro de varias instituciones Profesionales y Empresarias nacionales, internacionales y cámaras de comercio.
  • Autor y coautor de numerosos artículos de materia fiscal internacional y nacional en publicaciones especializadas.
  • Coautor de varios libros de impuestos relacionados con el área de energía, entre otros: “Hacia la Minería, Petróleo y Gas en la Argentina” – First Argentine Oil & Gas Congress.
  • Conferencista en seminarios nacionales e internacionales en Argentina y en diversos países extranjeros (USA, Brasil, México, Chile, España, etc.).
  • Expositor Vistage, Organización mundial especializada en coaching de Dueños y CEOs.
  • Expositor en el 49° Coloquio Anual IDEA – Mar del Plata 2013.
  • Expositor 4to. Seminario Pymes – El Cronista Comercial.
  • Expositor 6to.Seminario Económico Financiero –El Cronista Comercial 2013.
  • Expositor en Encuentros y Seminarios organizados por Forum, Idea, IAEF y COMEX. 2010 a 2018.
  • Expositor en el “Congreso Económico Argentino” EXPOEFI, organizado por Invecq 2014 a 2018.

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