Impuesto a las Ganancias. Sociedades, empresas unipersonales, fideicomisos y otros que practiquen balance comercial. Nuevo programa aplicativo a utilizar a partir del 11/4/2012.
Por medio de la presente, se aprueba el programa aplicativo “Ganancias Personas Jurídicas” versión 11.0, el cual deberá ser utilizado por los contribuyentes comprendidos en la Resolución General 3077 (AFIP) a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias y de la confección de la declaración jurada que se realice a partir del día 11 de abril del corriente año, ya sea que se trate de declaraciones juradas originales o rectificativas.
En el aplicativo, se incorpora una apertura del campo “Sueldos, aguinaldos, gratificaciones y contribuciones sociales” en dos partes, para indicar los importes correspondientes al personal incluido en convenios colectivos y los que no se encuentran en esa situación. Esta nueva apertura de datos resulta obligatoria para las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios cerrados a partir del 31/12/2011 inclusive.