Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Alícuota Cero. Reglamentación. Industria manufacturera certificado de no retención y/o percepción.
Se establecen los procedimientos y los requisitos para acceder a la alícuota cero en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, aplicable a las actividades de construcción de obra pública, y para aquellos contribuyentes que realicen actividades industriales y se encuentren categorizados como PyME.
A su vez, se establece el procedimiento para la solicitud del certificado de no retención y/o percepción para contribuyentes que realicen actividades industriales.
En este sentido, destacamos que, para acceder al beneficio de la alícuota cero aplicable a las actividades de construcción de obra pública contratadas por el Estado Nacional, Provincial o Municipal, será requisito:
- Presentar ante la Dirección Provincial de Rentas el Formulario de Declaración Jurada de Datos AD03/03 por cada obra pública durante el plazo de realización de la misma, presentación que deberá realizarse en forma presencial o por envió virtual, una vez habilitada la opción, a través del sitio web de la Dirección Provincial de Rentas.
- Adjuntar copia de los contratos debidamente intervenidos por el Impuesto de Sellos y oblado el mismo.
- Tener declarado el domicilio fiscal electrónico ante la Dirección Provincial de Rentas.
Cabe destacar que, en estos casos, en la facturación deberá consignarse la identificación de la obra pública realizada.
Por otro lado, para acceder al beneficio de la alícuota cero aplicable a actividades de industria manufacturera desarrollado por PyMEs, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Presentar ante la Dirección Provincial de Rentas el Formulario de Declaración Jurada y Actualización de Datos AD04/03.
- Acreditar condición como PyME, adjuntando el certificado emitido por la secretaria de Emprendedores y PyMEs.
- Nota de carácter de declaración jurada manifestando encontrarse en producción, incluyendo la certificación expedida por la Municipalidad del lugar donde se encuentre radicada la planta industrial.
- Tener declarado ante la Dirección Provincial de Rentas el domicilio fiscal electrónico.
Cabe destacar que este beneficio para la actividad industrial no aplica a los ingresos destinados a la actividad minorista en razón de venta de productos a consumidores finales o responsables exentos del IVA, los cuales tributaran conforme la alícuota establecida para el comercio minorista.
Por último, destacamos que las empresas industriales podrán solicitar un certificado de no retención y/o percepción, presentando ante la Dirección Provincial de Rentas, la siguiente documentación:
- Formulario de Declaración Jurada y Actualización de Datos AD04/03.
- Licencia comercial, expedida por la Municipalidad o autorización para funcionar, expedida por la Autoridad de Aplicación competente.
- Copia de las facturas emitidas correspondientes a las últimas dos declaraciones juradas mensuales correspondiente al Impuestos Sobre los Ingresos Brutos, anteriores a la solicitud.
- Sellado vigente.
La presente norma entra en vigencia desde el 08/02/2019 y es de aplicación a partir del día 20/02/2019.