Regimenes Especiales. Régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones. Sustitución de bonos de crédito fiscal cartulares por formularios electrónicos.
Por medio de la presente, se sustituye la emisión en soporte cartular de los bonos fiscales previstos en el régimen de incentivo fiscal para bienes de capital, informática y telecomunicaciones por formularios electrónicos para los beneficiarios que a la fecha de entrada de vigencia de la presente norma no los hubieran recibido.
A su vez, se establece que los interesados deberán presentar las facturas correspondientes dentro de los 2 años de su emisión, sin perjuicio de la fecha en la que se hubiera efectivizado la entrega de los bienes de los adquirientes con el fin de obtener el bono fiscal.
Se recuerda también, que dicho régimen prevé que los fabricantes de los bienes de capital, informática y telecomunicaciones obtienen dicho bono fiscal para ser aplicado al pago de los impuestos nacionales, por un valor equivalente al 14% de la diferencia entre el precio de venta de los bienes y os insumos, partes o componentes importados para su fabricación.