Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen de percepción. Sujetos de Convenio Multilateral con sede fuera de la Provincia. Prórroga.
A través de la presente norma, se les permite hasta el 30/11/2011, a aquellos agentes de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que revistan la calidad de contribuyentes inscriptos en Convenio Multilateral con sede fuera de la Provincia de Tucumán, practicar la percepción aplicando la alícuota reducida del 0,125% sobre el precio neto, establecido por el Art. 6 de la RG 86/2000.