Impuesto de Sellos. Actos, contratos y operaciones. Base imponible superior a $ 150.000. Requisitos. Dependencias habilitadas para la liquidación
A través de la presente Resolución General se establece que, a partir del 31/3/2008, los instrumentos que reflejen actos, contratos u operaciones que se presenten para la liquidación del Impuesto de Sellos cuya base imponible sea superior a $ 150.000, deberán acompañarse con una fotocopia simple para la Dirección General de Rentas, la cual será certificada por el funcionario actuante.
La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del 31 de marzo de 2008, inclusive.