Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Régimen excepcional de facilidades de pago. Deudas vencidas y exigibles al 31/12/2006. Rehabilitación de vigencia.
Por medio de la presente Ley, se restablece la vigencia, hasta el 31/03/2008, del régimen excepcional de facilidades de pago de deudas vencidas y exigibles al 31/12/2006 -dispuesto por Ley (Tucumán) Nº 7.882-.
Asimismo, mediante la resolución general (D.G.R. Tucumán) 06/2008, se establece que a los fines de facilitar el acogimiento se consideran cumplidas en término las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operaron a partir del 06/06/2007 y hasta el 28/12/2007, ambas fechas inclusive, siempre que se encuentren abonadas hasta el 31/01/2008.