Procedimiento. Tasas de interés resarcitorio para deudas tributarias aplicables a partir de marzo de 2011
A través de la presente resolución, se establece la tasa de interés resarcitorio mensual aplicable a los pagos fuera de término y a los convenios de pago, siendo las mismas las siguientes:
- Intereses por pago fuera de término: 2,5%
- Con respecto a los convenios de pagos, las mismas varían dependiendo de la cantidad de cuotas suscriptas en el plan:
- Hasta 6 cuotas: 1% mensual;
- Hasta 12 cuotas: 1,5% mensual;
- Más de 12 cuotas: 2% mensual;
- Deudas en Gestión Judicial: 3% mensual.
Las tasas establecidas por la presente resolución, se aplicarán a partir del día 1 de marzo de 2011.