Procedimiento. Tasas de interés resarcitorio para deudas tributarias aplicables a partir de Septiembre de 2010.
Por medio de la presente se modifica las tasas de interés mensual aplicable a los convenios de pago, las cuales varían según la cantidad de cuotas suscriptas en el plan.
Las tasas de interés serían:
- Hasta 6 cuotas: 0,5% mensual.
- Hasta 12 cuotas: 1,0% mensual.
- Más de 12 cuotas: 1,5% mensual.
Las nuevas tasas referidas a convenios de pagos regirán para aquellos que se formalicen a partir de Septiembre 2010.
Se fija a partir de Septiembre 2010, en 2% la tasa de interés resarcitorio por pago fuera de término de obligaciones fiscales, y en 3% la tasa de interés por deudas en gestión judicial.