Código Fiscal. Modificación.
Por medio de la citada ley, se introducen modificaciones al Código Fiscal aplicable al período fiscal 2012.
Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir del 01/06/2012.
A continuación, destacamos varios cambios significativos:
- Se modifican los porcentajes de las multas por omisión de pago del impuesto de sellos.
- Se incorporan las siguientes exenciones del impuesto de sellos: usuras pupilares; adelantos otorgados por las entidades financieras; operaciones de préstamos a corto plazo entre bancos autorizados por el Banco Central; operaciones monetarias en los casos de préstamos documentados en vales, billetes, pagarés, contratos de mutuo o reconocimiento de deuda y obligaciones de dar sumas de dinero, aunque tales actos se otorguen en distinta jurisdicción; depósitos en caja de ahorro, cuentas especiales de ahorro, cuentas corrientes, a plazo fijo y certificados de plazo fijo nominativo; y letras y pagarés hipotecarios con nota de escribanos públicos.
- Se establece que la base imponible del ISIB imputable por las operaciones realizadas por las entidades financieras estará constituida por el total de la suma del haber de las cuentas de resultado, sin admitirse deducciones de ningún tipo.