Procedimiento. Medios de cancelación de obligaciones tributarias. Planes de facilidades de pago. Modificación.
A través de la presente norma, se dispone la modalidad de las cuotas, forma, intereses aplicables, condiciones, garantías requeridas y plazos correspondientes a los regímenes de facilidades de pago de acuerdo a lo normado por la ley de procedimiento tributario -DL (Santa Cruz) 1627/1958-.
Por otra parte, se establece que podrán ser requeridas garantías reales o personales a los contribuyentes o responsables que soliciten la adhesión a los regímenes de pago.