Santa Cruz. Procedimiento. Multas a los deberes formales. Reglamentación y graduación
Por medio de la presente se establecen sanciones a los contribuyentes ante la falta de cumplimiento a los deberes formales, sin requerimiento previo, siendo el importe de las mismas de $400 para personas jurídicas y de $200 para personas físicas.
Por su parte, se dispone que respecto a la falta de cumplimiento a los requerimientos o regímenes de información propia o de terceros dispuestos por la Secretaría, se puede imponer una sanción sin requerimiento previo, por montos de $10.000 para personas jurídicas y $5.000 para personas físicas.
La multa será comunicada al interesado para que en el plazo de 3 días proceda a abonar la misma mediante Cédula de Notificación. El no pago de la misma impedirá la realización de cualquier trámite por parte del contribuyente que tenga por objeto obtener constancias, libre deuda, exención u otros beneficios de cualquier índole que deban ser expedidos por este Organismo.