Procedimiento. Devolución, compensación y acreditación de tributos. Ingresos brutos. Certificados de no retención y no percepción.
Por medio de la citada norma, se establecen los requisitos para lograr la devolución, compensación y acreditación en los casos en que se hubieren abonado indebidamente y/o en exceso tributos recaudados por la DGR San Luis, así como también para la solicitud de los certificados de no retención y no percepción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos.
El contribuyente deberá presentar, por Mesa de Entradas de la Dirección el formulario de “Solicitud de Certificado de Exclusión – Reintegro – Compensación”, nota interponiendo la solicitud, documentación que acredite la personería jurídica y pruebas que acrediten la información contenida en la nota.
El incumplimiento de alguno de estos requisitos significará el archivo inmediato sin la necesidad de comunicación previa al solicitante.
En caso que el saldo reclamado pueda ser consumido en el propio impuesto dentro de un plazo inferior a doce meses, se otorgará un Certificado de Exclusión por el plazo necesario, dejando sin efecto la devolución, compensación y/o acreditación.