Sellos. Bienes inmuebles. Valor económico.
Se establecen los valores económicos de los inmuebles para la liquidación del impuesto de sellos durante el 2012. Estarán vigentes a partir del 1 de enero de 2012.
Los inmuebles urbanos tendrán la valuación establecida por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, los inmuebles rurales tendrán el valor por hectárea según el Anexo I de la citada norma, mientras que para los inmuebles a los cuales no se les consigna zona, tendrán el valor por hectárea según el Anexo II de la citada norma.