Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen general de percepción. Sistema de venta directa y comercialización y distribución de combustibles y gas. Modificación.
A través de la mentada resolución, se establecen modificaciones al Régimen General de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Resolución (DGR San Juan) 925/2010-.
Entre los cambios más importantes, cabe destacar:
- Incluir como agentes de percepción a los sujetos que desarrollen la actividad de comercialización de bienes o servicios a través del Sistema de Venta Directa. La percepción que deberán aplicar será del 1% a los agentes incorporados al SIRCAR y 0,80% el resto de los agentes.
- Aplicar la alícuota de percepción del 2% para los agentes incorporados al SIRCAR y del 1,67% para el resto de los agentes, en el caso de la actividad de venta de gas efectuada por industrializadores y distribuidores o comercializadores mayoristas a comercializadores minoristas (excepto a estaciones de servicio de gas natural comprimido -GNC-).
- Excluir como agentes de percepción los sujetos que desarrollen la actividad de comercialización y distribución de tarjetas telefónicas prepagas.
- Incluir nuevas empresas al listado de agentes de percepción designados.