Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción. Precisiones.
A través de la presente norma, se determinan modificaciones a la Resolución (DGR) 925/2010 que establece el Régimen general de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Las nuevas disposiciones serán de aplicación para aquellos contribuyentes que realicen las actividades de comercialización mayorista y minorista de combustibles líquidos derivados del petróleo y gas natural.
Por otra parte, se establece que para el caso de actividad de comercialización de productos medicinales de aplicación humana que integren las denominadas “ventas bajo receta” realizadas a farmacias y droguerías, se deberá percibir:
- 0,96%: para los agentes incorporados al SIRCAR
- 0,80%: para el resto de los agentes