Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Creación, diseño, desarrollo y producción de software. Incorporación al nomenclador de actividades. Exención. Requisitos.
A través de la presente Resolución, se modifica el nomenclador de actividades, incorporándose la actividad “Creación, Diseño, Desarrollo y Producción de Software”, a fin de poder acceder a los beneficios del régimen de promoción a la industria del software.
Por otra parte, se establecen los requisitos que deben reunir los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que desarrollen la mencionada actividad, para gozar de los beneficios de exención impositiva. Algunos de estos requisitos son:
- No registrar deudas por los impuestos legislados por la Ley 3.908, o estar acogido a alguno de los planes de pagos otorgados por la D.G.R. de la Provincia de San Juan.
- Cumplir con alguna norma de calidad reconocida, de productos de software.
- Inscribirse en el registro habilitado por la Autoridad Nacional Competente.