Procedimiento. Certificado de regularización fiscal. Situaciones exceptuadas de la obligatoriedad de su presentación.
La Dirección Provincial determina que no será obligatorio la constancia de regularización tributaria, establecida por la RG (D.G.R.) 20/2001, cuando los organismos de la Administración Pública de la Provincia de Salta, centralizados o descentralizados, como así también con los poderes Legislativo y Judicial, den cumplimiento a la consulta de riesgo asignado al contratante, según lo establecido por la resolución general (DGR Salta) 8/2010.
Cabe mencionar que la mencionada constancia de regularización tributaria se solicita cuando se efectúen contrataciones con el Estado Provincial.
Lo establecido por la presente Resolución General entra en vigencia a partir del 10/10/2010.