Impuesto a las actividades económicas. Constancia de inscripción.
Se establece que los contribuyentes locales del impuesto a las actividades económicas así como también los de convenio multilateral que tengan declarada la jurisdicción Salta, deberán obtener la constancia de inscripción F901 a través de la página web de rentas. Las mismas tendrán una validez de 180 días desde la fecha de emisión y deberán ser utilizadas para exteriorizar su situación fiscal ante terceros.
Por otra parte, los agentes de recaudación deberán consultar en forma individual en la opción “Constancia de inscripción” o por medio del “Padrón de contribuyentes activos en el impuesto a las actividades económicas”, a través de la página de rentas, la veracidad de las constancias presentadas por los contribuyentes.