Ley Impositiva. Servicios relacionados con la salud humana. Alícuota.
Por medio de la presente, se agrega como actividad con alícuota especial en el artículo 13 de la Ley Impositiva 6611, a los servicios relacionados con la salud humana, cuya alícuota aplicable es 2%.
La alícuota mencionada será de aplicación para todos los hechos imponibles que se configuren a partir del 1° de Agosto de 2011.