Ingresos Brutos. Bonificaciones por cumplimiento fiscal para el año 2012. Reglamentación.
Quedan establecidos los requisitos a cumplir para obtener las bonificaciones por cumplimiento fiscal para el año 2012, establecidas por la Ley (Río Negro) 4725. Entrarán en vigencia a partir del 01/01/2012.
Para acceder a los incentivos para las actividades de producción, comerciales, de servicios y/o primarias que establece el art 2 de la Ley 4725, es preciso abonar en tiempo y forma el anticipo 1/2012 del impuesto sobre los ingresos brutos y tener presentadas todas las declaraciones juradas anuales que correspondan.
Aquellos que inicien cualquiera de éstas actividades, gozarán de los beneficios a partir del primer anticipo.
Por otro lado, el incentivo y bonificación sobre el impuesto inmobiliario y automotor, corresponderá en tanto se cumpla con el programa establecido por la norma en cuestión.
Para continuar con los incentivos mencionados, a partir del anticipo 3/2012 y siguientes, se deberá tener registrado ante la DGR el nombre y apellido, fecha de nacimiento, tipo y nº de documento, CUIT o CUIL, domicilio fiscal, teléfono y correo electrónico.