Provincia de Río Negro. Resolución (DGR Río Negro) 93/2012 – B.O.

Zona de desastre y estado de emergencia económica y turística. Beneficios tributarios. Prórroga de la eximición del pago de tributos hasta el 30/06/2012.

 

Se prorroga la eximición del pago de tributos hasta el 30/06/2012 por la erupción del Volcán Puyehue. 

Los beneficios que se destacan son:

En el Impuesto a los Ingresos Brutos, para contribuyentes directos y de Convenio Multilateral con sede o domicilio fiscal en la zona de desastre o que desarrollen su actividad exclusivamente en la zona de desastre, los anticipos 1 a 6 del período fiscal 2012,

En el Impuesto inmobiliario, las cuotas 1 a 3 de los inmuebles que se encuentren en la zona de desastre

En el Impuesto de Sellos, la exención del pago de todos los actos o contratos formalizados en la zona de desastre desde el 01/01/2012 al 16/06/2012.