Provincia de Río Negro. Ley (Poder Legislativo Provincial) 4.618 – B.O

Procedimiento tributario. Régimen General de Promoción Económica. Implementación.

 

A través de la Ley 4618 se crea un Régimen General de Promoción Económica para las personas físicas o jurídicas, titulares de nuevas empresas y explotaciones que se radiquen en la provincia.

Los beneficios que pueden otorgarse los siguientes: 

  1. Exención o reducción de los impuestos provinciales creados o a crearse y los que los sustituyan o modifiquen.
  2. Para las empresas que se radiquen dentro de un agrupamiento industrial la exención será del ciento por ciento (100%) los primeros cinco (5) años y del cincuenta por ciento (50%) los cinco (5) años restantes. El beneficio no puede exceder los diez (10) años en todos los casos.
  3. A solicitud de la empresa, la Provincia de Río Negro colaborará con ésta en sus trámites ante las autoridades nacionales a los efectos del logro de los beneficios previstos por la Ley Nacional Nº 21608 o las que la sustituyan o modifiquen.
  4. Exención de cargos por publicaciones de carácter obligatorio oficial.
  5. Tarifas especiales para la difusión publicitaria por intermedio de la red provincial oficial de radio y televisión.
  6. Gestión ante entidades bancarias regionales, nacionales o provinciales de avales para la importación y/o adquisición en el país de equipos, maquinarias e instrumentos.
  7. Prioridad en el otorgamiento de créditos dependientes o gestionados por organismos, entes o agencias de la provincia.
  8.  Participación facultativa de la provincia de hasta el ciento por ciento (100%) de las inversiones para la construcción privada de caminos, red eléctrica, telefónica, gas y acueductos, si ello fuere considerado de interés especial para el desarrollo de la provincia por su ubicación u otras circunstancias que determinen estas consideraciones y fuere apto para promover una zona no desarrollada, sin perjuicio de la prestación normal de servicios por parte de la provincia y entes nacionales.
  9. Adjudicación con facilidades para su compra, de las tierras fiscales necesarias para el desenvolvimiento de la actividad industrial a instalarse.