Impuesto de Sellos. Cesiones de acciones, derechos y concesiones. Precisiones.
Mediante la presente Ley, se establecen precisiones respecto de las cesiones de acciones, derechos y otras concesiones respecto de la liquidación del Impuesto de Sellos. Destacamos:
- En las cesiones de acciones y derechos y transacciones sobre inmuebles, el impuesto pertinente se liquidará sobre la parte proporcional de valuación fiscal correspondiente a las acciones y derechos cedidos o sobre el precio convenido, el que fuere mayor.
- En los contratos de concesión, sus cesiones, transferencias o prórrogas otorgadas por cualquier autoridad, el impuesto se liquidará sobre el valor de la concesión o los valores convenidos si estos fuesen mayores.