Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Impuesto de Sellos. Ley impositiva 2010.
A través de la presente Ley se establecen las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos, aplicables al período fiscal 2010.
Destacamos a continaución los principales aspectos:
Impuesto sobre los Ingresos Brutos
- Se eleva al 3% la alícuota general del impuesto aplicable a las actividades de comercialización y prestación de servicios.
- Se establece en 0% la alícuota aplicable para la actividad de construcción relacionada con la obra pública, por contrataciones efectuadas con el Estado Nacional, Provincial o Municipal. Asimismo, cuando la actividad de construcción esté relacionada con la obra privada, será aplicable la alícuota del 3%.
- Se dispone la alícuota del 1,5% para las industrias manufactureras, excepto cuando las mismas se desarrollen en establecimientos radicados en la Provincia de Neuquén, a las que les será aplicable la tasa del 0%.
- Se fija la alícuota del 5% para las actividades de intermediación o actividades que perciban comisiones, bonificaciones, porcentajes, etc.
- Se dispone la alícuota del 4% para las actividades efectuadas por entidades financieras.
Impuesto de Sellos
- Se establece la alícuota del 1,4% para actos, contratos u operaciones en general