Impuesto sobre los Ingresos brutos. Impuesto de Sellos. Régimen transitorio para la atracción a las inversiones. Implementación.
A través de la presente Ley se crea el Régimen transitorio para la atracción a las inversiones que tiene por objeto, entre otras cosas, la instalación de nuevas inversiones en la provincia de Neuquén y la ampliación de las ya existentes.
Entre los principales beneficios del régimen destacamos:
- Se libera de la aplicación de sanciones tributarias a los capitales que se hayan exteriorizado por el régimen dispuesto por la Ley 26.476 y que se incluyan en el presente régimen.
- Exención de tributos provinciales existentes, por un plazo de hasta 10 años y en forma total o escalonada.
- Se otorga estabilidad fiscal a los emprendimientos promovidos que mantengan y desarrollen los mismos.
- Facilidades para la compra, locación o comodato con opción de compra dentro del plazo de los 5 años, y leasing de bienes muebles e inmuebles del Estado provincial, de acuerdo a la normativa vigente.
- Asistencia y asesoramiento técnico por parte de los organismos del Estado, tanto en el aspecto administrativo como tecnológico y financiero.
- Apoyo y acompañamiento estatal en la gestión de exenciones y reducciones impositivas, tarifarias, medidas de promoción u otras franquicias en el orden nacional o municipal.
- Subsidios de hasta el 50% a la tasa de interés de la línea crediticia para las empresas promocionadas, según lo determine el Poder Ejecutivo mediante el dictado del acto administrativo pertinente.
El presente régimen dispone como plazo para la presentación y aprobación de proyectos hasta el 31/12/2010, pudiendo ser prorrogada por un año más.