Procedimiento. Planes de facilidades de pago. Tasa de interés mensual.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Frigoríficos de carne vacuna y peces. Bonificación especial de alícuotas.
Se establece, una bonificación especial variable en las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por un plazo de diez años para los establecimientos instalados en la Provincia de Misiones, que desarrollen las actividades de faena y venta mayorista y minorista, en locales propios, de los frigoríficos de carne vacuna y peces, de propia producción.
Porcentajes de bonificación:
- Operaciones de ventas al mercado externo: hasta un cien por ciento (100%).
- Operaciones de ventas al mercado interno derivados del procesamiento de animales de propia producción y a precios que no excedan los fijados por la reglamentación: hasta un veinticinco por ciento (25%).
A los efectos de obtener el beneficio se deberá cumplir con determinados requisitos, entre los que mencionamos:
- El contribuyente deberá tener su domicilio real o social y asiento principal de sus negocios en la Provincia de Misiones.
- La totalidad de las instalaciones no deberán tener una antigüedad mayor a quince (15 años) desde su habilitación, en el momento de solicitar el beneficio.
- Presentar un proyecto de modificación y/o ampliación de las instalaciones dentro de los próximos tres años, que permita generar como mínimo un diez por ciento (10%) de nuevos puestos de trabajo en el frigorífico para dependientes residentes en la Provincia de Misiones.
- Contar con instalaciones que cumplan los requisitos para la habilitación de tránsito federal y/o exportación.
- La totalidad del proceso industrial deberá realizarse en la Provincia de Misiones.
- Contar con la totalidad del personal debidamente registrado.
- Mantener el pago de los impuestos provinciales y municipales al día.
Cabe mencionar que en el caso de contribuyentes que desarrollen operaciones alcanzadas por el presente decreto, conjuntamente con otras no incluidas en el mismo, la bonificación de la alícuota se aplicará exclusivamente sobre los ingresos previstos en el párrafo anterior.