Ley Impositiva 2008. Alícuotas y montos aplicables. Código Fiscal. Su modificación.
A través de la presente Ley se establecen las alícuotas y montos aplicables de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, correspondientes al período fiscal 2008.
Entre otras, señalamos las siguientes modificaciones:
Impuesto sobre los Ingresos brutos:
– Se gravan al 1,5% las actividades de creación, diseño, desarrollo y producción de software, la implementación de software y la creación de documentación técnica asociada.
– Disminuye a 1% la alícuota aplicable a la venta de vehículos automotores usados; a 5% la alícuota aplicable a los servicios prestados en alojamientos por hora y a 3% la alícuota aplicable a boites, night clubes, whiskerías y similares.
– Se incrementa a 10% la alícuota aplicable a salones de baile, discotecas, pubs y similares.
Impuesto de Sellos:
– Se establece una escala de alícuotas, desde 0% hasta 1% para los contratos de locación con destino a casa habitación.
Código Fiscal:
– Se establece que para el caso de distribución y comercialización de gas licuado de petróleo envasado en garrafa, la base imponible estará constituida por la diferencia entre el precio de compra y venta.
– Se incorpora como exención del impuesto sobre los ingresos brutos a los pequeños contribuyentes comprendidos en la Ley Nº 26.223, inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.