Procedimiento. Intereses resarcitorios. Reducción. Plan de facilidades de pago.
A través del presente Decreto, se establece una reducción de hasta el 90% de los intereses resarcitorios y multas aplicables a las deudas vencidas al 31/12/2008, siempre que la cancelación o la regularización se realice hasta el 31/08/2009.
Asimismo, se prevé un plan de facilidades de pago, por el cual se podrán regularizar las citadas deudas ya sea mediante pago al contado o en hasta 36 cuotas. A tal fin, se establecen los requisitos a cumplir para realizar el acogimiento a la forma de pago por la cual se haya optado.
Cabe mencionar que para acogerse al régimen, los contribuyentes deberán tener regularizadas las obligaciones vencidas con posterioridad al 31 de diciembre de 2008 y hasta el mes del acogimiento al presente régimen.