Régimen de facilidades de pago. Contribuyentes con deudas superiores a $ 200.000 y planes anteriores caducos. Requisitos y condiciones especiales.
Se establecen requisitos y condiciones especiales de acogimiento al régimen de facilidades de pago permanente, para los contribuyentes que posean deudas fiscales por un importe superior a $ 200.000 y que en los últimos 24 meses registren algún plan de pago caduco.
Los contribuyentes, a los fines de acceder a un nuevo Plan de Facilidades de Pago, deberán cumplir, además de los requisitos y condiciones previstos en las resoluciones (DGIP) 31/2002 y 11/2008, lo siguiente:
- Abonar de contado un 20% de la deuda total.
- El saldo de deuda podrá ser regularizado en un plan de hasta treinta (30) cuotas.
La presente disposición regirá a partir del 20 de Agosto del 2010.