Régimen de Sponsorización de eventos deportivos. Beneficios impositivos.
Se establece un régimen de sponzorización de eventos deportivos que se realicen dentro o fuera de la Provincia de La Rioja, y que tengan como protagonistas a representantes de las diversas disciplinas diplomáticas acreditadas por el Estado Provincial.
Al respecto, toda persona individual o jurídica que se dedique a la actividad empresarial y/o comercial que asuma los costos de los eventos mencionados, deducirá proporcionalmente de los impuestos provinciales que les correspondiere pagar.
La Secretaría de Hacienda, autorizará hasta $ 20.000 por contribuyente, en auspicios de hasta $ 10.000, por proyecto. El monto total anual a deducir no podrá superar el monto de $ 300.000.
La presente Ley será reglamentada dentro de los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial.