Régimen especial de pago. Establecimiento y reglamentación.
A través de la presente Ley se establece un régimen especial de facilidades de pago, con carácter general, al cual podrán acogerse los contribuyentes de todos los impuestos a cargo de la Dirección General de Ingresos Provinciales, por sus obligaciones devengadas hasta el 31/07/2009.
Destacamos a continuación las principales características:
- El acogimiento podrá realizarse hasta el 15/03/2010.
- Las cuotas no podrán exceder las 84 cuotas iguales, mensuales y consecutivas.
- El monto mínimo de cada cuota será de $ 100.
- El interés de financiación asciende al 1% mensual sobre saldo.