Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Incremento de alícuotas para determinados contribuyentes y actividades.
A través del presente Decreto se establece un incremento del 30% de las alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos establecidas por la Ley Impositiva 2.548 del 2010, siempre que la sumatoria de sus bases imponibles para el ejercicio fiscal 2009, ya sean gravadas, no gravadas y/o exentas, cualquiera sea la jurisdicción en que se lleven a cabo las mismas, supere los $500.000.000.
Asimismo, se incrementa también en un 30% las alícuotas del impuesto, y sus mínimos mensuales, de las actividades:
- Préstamos de dinero (con garantía hipotecaria, prendaria o sin garantía real) y descuentos de documentos de terceros, excluidas las actividades regidas por la ley de entidades financieras.
- Casas, sociedades o personas que compran o vendan pólizas de empeño, anuncien transacciones o adelanten dinero sobre ellas por cuenta propia o en comisión.
- Empresas o personas dedicadas a la negociación de órdenes de compra.
Las disposiciones de este Decreto tienen vigencia a partir del 1 de abril de 2010.