Implementación del pago electrónico en el Régimen de Facilidades de pago permanente.
Por medio de la presente, se implementa el Sistema de Transferencia Electrónica de Fondos para la cancelación de las cuotas de los Planes de Facilidades de Pago otorgados por la DGR, correspondiente al pago total o parcial de deudas vencidas y exigibles del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario Rural e Instituto de Pensiones Social, sus intereses y multas.
El pago electrónico se hará efectivo únicamente a través de las cuentas bancarias habilitadas que integren la Red LINK, utilizando el sistema de Home Banking.
Asimismo, el pago será considerado en término cuando la fecha y horario consignado en el comprobante respectivo acredite haberlo realizado antes de su vencimiento, conforme la normativa de fondo operan los días diez (10) de cada mes. Pasado su vencimiento, operará una segunda fecha de pago el último día del mes calendario, oportunidad en la cual se liquidaran los intereses pertinentes por mora en el pago.
El mencionado procedimiento será de utilización optativa.