Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción, Operaciones de Ventas de cosas Muebles, Locaciones y Prestaciones de Servicios. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Exclusión. Su derogación.
Mediante la presente Resolución, se deroga el inciso h) de la RG 29/1997 el cual establecía la exención de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos para los contribuyentes de Convenio Multilateral que no posean en la Provincia de Formosa su domicilio principal, real o legal, sucursales, agencias, representaciones, oficinas, locales o ningún otro tipo de establecimientos, explotación, edificio, obra, depósito o cualquier otra clase de asentamiento (administrativo, comercial o industrial) y que no se valgan para el ejercicio de su actividad en el territorio provincial de los servicios de representantes establecidos en el mismo.