Mediante la presente Resolución, se establecen planes de pago especiales de obligaciones tributarias. Podrán ser incluidos tanto deudas del corriente año como deudas de años anteriores.
La resolución plantea tres tipos diferentes de planes de pago, aquellos otorgados por el Director del interior, por los jefes de representaciones territoriales y aquellos que se tratan de deudas en apremio fiscal. Cada tipo de plan, prevé un porcentaje diferente de entrega inicial y de cantidad de cuotas posibles.
Además, establece que el importe determinado de la cuota no podrá ser inferior a $ 100 y que los planes de financiación deberán establecerse por el total de la deuda no prescripta del impuesto a regularizar.
Asimismo, para acceder al plan, el contribuyente deberá haber regularizado el total de las obligaciones no prescriptas.