Ingresos brutos. Anticipo por venta de unidades cero kilómetro. Derogación
A partir de la presente resolución, se deroga el ingreso de anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos por la venta de automotores, unidades de carga y/o transporte, motovehículos y unidades de uso agrícola como tractores y cosechadoras cero kilómetro -dispuesto por la R. (DGR E. Ríos) 23/1995-.
La presente resolución entrará en vigencia a partir del 2 de mayo de 2011.